Es el acto por el cual una persona (el testador) dispone de todo o parte de sus bienes para que sean heredados después que fallezca.

Testamento Solemne: Es el que más se utiliza, debe ser por escrito y otorgarse ante testigos mayores de 18 años.

Puede ser abierto: el testador informa de su voluntad a un notario y a los testigos, el notario deberá leerlo en voz alta frente de estos. El documento debe firmarse por el testador, el notario y los testigos. En caso que no se haga ante notario, debe hacerse ante 5 testigos y cumplir con algunos trámites adicionales posteriores a la muerte.

Puede ser cerrado: el testador presenta al notario y a tres testigos una escritura cerrada, declarando a viva voz que en ella se contiene su última voluntad. En el sobre deben ponerse los datos y firmas el testador, notario, los testigos y la fecha de otorgamiento.

¿A quienes puedo dejar mis bienes?

En Chile los testamentos son restringidos. No hay libertad absoluta para disponer de los bienes y la ley obliga al testador a cumplir con asignaciones forzosas a favor de ciertas personas. Los testamentos que no las dispongan no tendrán valor.

Asignaciones obligatorias:

  • Alimentos forzosos que debía por ley; se cargan a los bienes de la herencia.
  • Las legítimas, que es el 50% de los bienes que les corresponde a los herederos como cónyuge o conviviente civil.
  • La cuarta mejoras, se compone del 25% de los bienes y con ella se puede favorecer la cuota de determinados herederos.
  • La cuarta libre disposición, es el 25% restante, puede dejarse libremente a cualquier persona.

¿El testamento sólo sirve para transmitir bienes?

No, también se pueden realizar declaraciones, como por ejemplo, nombrar un guardador para sus hijos o reconocer un hijo no matrimonial.

¿Quienes no pueden hacer un testamento?

  • La mujer a los doce años y el hombre menor de catorce años de edad.
  • Las personas que no están en su sano juicio por ebriedad u otra causa.
  • La persona que este privada de sus bienes,pero, se le asigna un representante legal.
  • Las personas que no pueden expresarse claramente.

¿Se puede revocar un testamento?

Si, es revocable, mientras viva el testador. Con que haga uno nuevo, pero con una clausula que deje claro que el anterior queda nulo. Sin embargo, sigue siendo válido el reconocimiento de un hijo.

¿Se le puede encargar a un tercero que realice un testamento?

No, es un acto personal.

¿Cómo se hace cumplir un testamento?

El testador puede asignar un albacea o ejecutor testamentario. El albacea informa a los herederos que existe un testamento y que es la última voluntad de la persona, también deberá hacer los trámites del documento.